Artículos de nuestro Estatuto a tener en cuenta previo a la Asamblea:
ARTÍCULO 9 – Serán socios Activos, aquellas personas mayores de 18 años de edad y
las personas jurídicas que sean propietarios de inmuebles dentro de la
jurisdicción de La Asociación, los ocupantes legales que acrediten en
forma documental su situación jurídica y cuenten con autorización escrita del
propietario del inmueble para participar en La Asociación. En caso de
cónyuges ambos tendrán los mismos derechos pero los podrán ejercer sólo de a
uno por vez en forma indistinta. Los socios activos cuya figura sea una persona
jurídica, deben designar a un representante legal ante la entidad. Todos
deberán presentar la solicitud de ingreso debidamente cumplimentada, ser
aceptados por la Comisión Directiva y abonar los cargos vigentes al
momento de su ingreso. Los socios activos gozan de todos los beneficios
sociales que acuerdan estos estatutos y tienen capacidad para elegir y ser elegidos
para cubrir cargos directivos en la entidad.
ARTÍCULO 13 – Son derechos de los asociados: a) Participar con voz y voto en las
asambleas cuando tenga una antigüedad de un año como tales.- b) Los socios que
no tengan el año de antigüedad, podrán participar con voz, pero sin voto.- (…)
ARTÍCULO 25 – Para hacer uso del derecho a voto, el socio debe
estar al día con la cuota social, no tener sanciones disciplinarias pendientes,
no estar en litigio con La Asociación y estar al día con los
compromisos de pagos que haya asumido con la institución.- Los socios que se
hagan representar en la asamblea por mandato deben cumplir con los requisitos
mencionados.
Como en las anteriores Asambleas,
en la entrada del salón se encontrará el padrón de SOCIOS HABILITADOS para
votar. Aquellos socios inhabilitados por no estar al día con la cuota social y
demás compromisos para con la Asociación, estarán señalizados con un color
distinto a aquellos que solo tienen voz por falta de antigüedad. El objetivo de
dicha diferenciación es que el socio pueda abonar el monto adeudado y de esa
forma tener voz y voto en el acto asambleario.