Ruidos Molestos NO




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En función de reiterados reclamos al respecto, les recordamos la vigencia de la Ordenanza 2401-CM-2013 que Prohíbe dentro del ejido municipal la producción de ruidos molestos, superfluos o extraordinarios, sean ellos originados por acciones u omisiones directas o indirectas, voluntarias o involuntarias, causadas por el hombre, por los animales o elementos de que dispone o de que se sirve, cuando por la hora, lugar o intensidad perturben o puedan perturbar la tranquilidad o reposo de la población, originando molestias o perjuicios de cualquier naturaleza. 



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