Sobre los C.R.G.

Vecinos: 

Les recordamos a todos las fechas relacionadas a las liquidaciones: 

- Entre el 10 y el 11 de cada mes es el primer vencimiento.
- Entre el 18 y 20 el segundo vencimiento. 

Los medios de pago con los que contamos son Rapipago, PagoMisCuentas, transferencia bancaria o con débito en la oficina administrativa. 

Es IMPORTANTE que tengan en cuenta que todas aquellas transferencias bancarias (que se hayan avisado correctamente por mail) o pagos en sucursales, realizadas con posteridad al al segundo vencimiento, se verán imputadas recién en la siguiente liquidación. 

Por último, les copiamos a continuación el inciso 5 del artículo 33 "Derechos del Concesionario" del Reglamento del Usuario

 "EL CONCESIONARIO goza de los siguientes derechos:(...) 5)Proceder al corte del servicio por mora en el pago del mismo, de acuerdo a lo establecido en el Art. 43 del Marco Regulatorio (texto según Ley Nº 3518) y su reglamentación, y en el Contrato de Concesión."