¿Vos podés votar?


Les recordamos que nuestro Estatuto Social dice en sus artículos…
ARTÍCULO 9 Serán socios Activos, aquellas personas mayores de 18 años de edad y las personas jurídicas que sean propietarios de inmuebles dentro de la jurisdicción de La Asociación, los ocupantes legales que acrediten en forma documental su situación jurídica y cuenten con autorización escrita del propietario del inmueble para participar en La Asociación. En caso de cónyuges ambos tendrán los mismos derechos pero los podrán ejercer sólo de a uno por vez en forma indistinta. Los socios activos cuya figura sea una persona jurídica, deben designar a un representante legal ante la entidad. Todos deberán presentar la solicitud de ingreso debidamente cumplimentada, ser aceptados por la Comisión Directiva y abonar los cargos vigentes al momento de su ingreso. Los socios activos gozan de todos los beneficios sociales que acuerdan estos estatutos y tienen capacidad para elegir y ser elegidos para cubrir cargos directivos en la entidad. -------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 21 Todo asociado presente en la Asamblea tendrá derecho a un voto por sí y podrá representar hasta un máximo de dos asociados debidamente habilitados, quienes deben otorgar el poder de representación correspondiente.--------------------------

ARTÍCULO 22 Los poderes de representación deberán otorgarse con certificación de firma a través de Juez de Paz, Notario, Policía o Bancaria.--------------------------------------

ARTÍCULO 25 Para hacer uso del derecho a voto, el socio debe estar al día con la cuota social, no tener sanciones disciplinarias pendientes, no estar en litigio con La Asociación y estar al día con los compromisos de pagos que haya asumido con la institución.- Los socios que se hagan representar en la asamblea por mandato deben cumplir con los requisitos mencionados.-------------------------------------------------------------

Por ello, habrá un listado de socios donde estén señalizados aquellos que deberán acercarse a la secretaria administrativa con el último comprobante de pago para poder hacer uso del derecho al voto.