Control de Fauna Urbana

Vecinos: les recordamos que está en vigencia la Ordenanza Municipal 1931-CM-09 de CONTROL DE FAUNA URBANA cuyo artículos 39º y 43º nos dicen...

"Las personas que fueran mordidas por un can o se vean imposibilitadas de circular libremente por la vía pública por la presencia de canes sueltos, deberán presentar la denuncia ante la autoridad municipal, adjuntando la exposición policial del hecho detallando los daños físicos sufridos, en caso de que se hubieren producido, a efectos de las actuaciones correspondientes."

"Las infracciones a la ordenanza 1931-CM-09 que reglamenta el trato de animales y la tenencia de fauna urbana se clasifican en leves, graves y muy graves" y están penalzadas por multas. 


Pueden descargarla para leerla completa en www.digestobariloche.gov.ar