CEB, notas y respuestas






Respuesta...



                                                          San Carlos de Bariloche, 27 Septiembre de 2013.
Señor
SINDICO de la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD BARILOCHE Ltda
D JORGE E. KRUSZEWSKI
De mi consideración:

                                 En primer lugar, le agradezco la deferencia de haber contestado la solicitud realizada a usted oportunamente. En lo que hace a su respuesta, propiamente dicha, tengo para comentarle:

Al segundo párrafo: no coincido dado que los usos y costumbres hacen que esas cuestiones sean previstas en el presupuesto anual que seguramente la CEB debe tener. De no ocurrir ello, a mi juicio, sería una grave deficiencia y la misma debería ser planteada en el seno de una Asamblea. En lo que respecta a los gastos de personal, vuelvo a no coincidir con usted dado que, como la ley lo prevé, el EPRE debe dar curso a un pedido de la CEB en el lapso de 120 días y por lo que se puede observar por los conceptos retroactivos que figuran en las boletas que nos llegan, los recursos necesarios para afrontar este item esta cubierto de esta manera. Debo recalcar aquí que, también considero que todo lo que tiene que ver con gastos referidos al personal, son tenidos en cuenta en el presupuesto anual correspondiente.

Al tercer párrafo: cuando usted hace mención al tema excedente, la sita realizada por el que suscribe al respecto tiene que ver con lo que se menciona en el acta de la Asamblea del año 2006 en donde los que en ella participan realizan proyecciones que mencionan que los mismos (los excedentes) se darán a partir del año 2011. En este párrafo usted hace mención también que lo que se cobra es insuficiente; al consultar sobre el tema a un consejero sobre esta situación, me menciona que la provisión de electricidad no es deficitaria para la CEB; sería usted tan amable de aclararme este punto, por favor?.

Al quinto párrafo: lamento disentir una vez mas con usted, dado que lo que observo en el accionar de aquellos que llevan adelante el gobierno de la CEB es un marcado arraigo a constituir, materializar y mantener ingresos adicionales que incrementan en un porcentual muy alto lo que cada vecino debe pagar por mes.

La sexto párrafo: en este apartado coincido con usted en lo que hace a la potestad que toda Asamblea tiene, ahora señor, coincidiremos ambos que los temas que allí se tratan y definen no son impuestos por los que integran la Asamblea y son aquellos que  llevan adelante el gobierno de la CEB los que establecen las pautas de funcionamiento, los modos y las formas de llevarlas adelante y, por último, la oportunidad en que se realizarán.
                                Aprovecho la oportunidad para informarle que vuestra respuesta será puesta en el blog de nuestra Asociación Vecinal para que todos los vecinos puedan acceder a la misma; sin otro particular, quedando a su disposición y esperando una respuesta de aquello que le parezca pertinente responder, me despido saludándolo atentamente.